Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
II.3.
II.3. Por escritos de 24 de enero de 2019 y 14 de febrero del mismo año, el impetrante de tutela reiteró el requerimiento de orden de desarraigo; decretando la autoridad jurisdiccional demandada que la Secretaria de su juzgado, informe el estado del mismo, esto en consideración a la documentación acompañada y en atención a que de la revisión de los argumentos expuestos en el mismo no se identificó el tipo de proceso ni las partes que participan en el mismo, con su resultado proveerá lo que corresponda en derecho (fs. 70 a 75).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegaron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3)Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- tramitadas, resueltas
- III.2.
- REVOCAR