SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2019-S2

Fecha: 11-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 5 de noviembre de 2014, presentó la querella ante la Fiscalía de Departamental de  Potosí contra Yolanda Rosario Gonzáles Foronda, Eddy Mamani Chacapaca y Maximiliano Quispe Laura, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado en virtud a que realizaron el control diferido regular de la Declaración Única de Importación                      (DUI) 2012/543/C-355, tramitada por la Agencia Despachante de Aduana por cuenta de su comitente Maximiliano Quispe Laura ante la Administración de Aduana Frontera Avaroa; por lo que, se solicitó al Instituto Boliviano de Metrología (IBMETRO) la autenticidad de los certificados medioambientales dentro de los cuales se encuentra el certificado CM-PT-04-00033-2012 de 3 de marzo, ante dicha solicitud Raúl Enrique Montoya Choque emitió el informe técnico de metrología indicando que al revisar los archivos tanto físicos como digital, no se encuentran ninguno de los certificados “IBMETRO CENTRAL LA PAZ…” (sic) y los números de factura que indican los certificados, emitidos en las ciudades de La Paz y Cochabamba, ninguno de ellos fue emitido en la gestión 2010 y revisados los números de facturas estas pertenecen a las gestiones 2008 y 2011 en algunos casos 2012 o en el último caso no cuenta con existencia física y finalmente concluyó que los certificados del 2010, las facturas que se mencionan no coinciden, por ello no existe un respaldo de la cancelación de los servicios de inspección y certificación y ninguno de los certificados presentados se encuentran en sus archivos físicos, magnéticos de IBMETRO central La Paz; por esa razón, se evidencia que existía una falsificación y la utilización de dicha documentación       -certificado medioambiental- falsa a efectos de hacer validar una DUI.

Por otra parte, el 13 de abril de 2017, el Fiscal de Materia asignado al caso dispuso el rechazo de la denuncia a favor de la imputada Yolanda Rosario Gonzáles Foronda, por los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado; frente a ello, el 27 de abril de 2018 presentaron su objeción, en razón a que la prueba del cuaderno de investigación no fue debidamente valorada, tampoco la normativa aduanera aplicable al presente caso; por lo que, el Fiscal Departamental de Potosí emitió la Resolución Jerárquica     FDP –T.O.R./ FACM 283/2018 de 19 de septiembre, mediante la cual ratificó el rechazo, describiendo los antecedentes e indicando que no se configura la perpetración de los delitos referidos y respecto a la valoración de los elementos de convicción se entiende que fueron analizados durante el transcurso de la investigación por parte del titular de la investigación asumiendo que no aportó suficientes elementos de convicción.

En ese marco alega que, la autoridad demandada al emitir la Resolución Jerárquica, no realizó una debida fundamentación; puesto que, no se pronunció de manera expresa, positiva y precisa, respecto a todos los tipos penales denunciados y de la prueba aportada durante la etapa preliminar de la investigación para cada uno de los imputados; toda vez que, el Fiscal de Materia asignado a la investigación indica que para poder atribuir responsabilidad penal a Yolanda Rosario Gonzáles Foronda, Despachante de Aduana sobre los hechos investigados, se tiene que acreditar que ella forjó en todo o en parte de un documento público falso o alterado, haya introducido o hizo introducir declaraciones falsas en un documento público verdadero y pese a que dicho documento fue falsificado hizo uso del mismo, dónde y cómo, pues no se estableció de manera objetiva su responsabilidad y no tomó en cuenta que en la Resolución de rechazo indicó con precisión los informes emitidos por IBMETRO, en cuya prueba ya se tenía la veracidad de que los certificados medioambientales habían sido falsificados y si bien el Fiscal de Materia durante la investigación no pudo establecer quién había falsificado dicho certificado; sin embargo, no realizó una valoración lógica sobre la persona que utilizó los referidos a efectos de validar la DUI 2012/543/C-355, que en el presente caso por su función, fue utilizada por Yolanda Rosario Gonzáles Foronda, existiendo suficientes elementos de convicción para imputar en su contra, por el delito de uso de instrumento falsificado.