SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
III.5. Análisis del caso concreto
La parte accionante denuncia como acto lesivo, el hecho que el Fiscal de Materia en la Resolución de rechazo no se pronunció de manera expresa sobre cada uno de los tipos penales denunciados y la razón por la cual la conducta de los imputados no se subsumen al delito de uso de instrumentos falsificados; por lo que, formuló su objeción, ante la cual el Fiscal Departamental -ahora demandado- en la Resolución Jerárquica FDP–T.O.R./ FACM 283/2018, que adolece de fundamentación y valoración de prueba de manera razonable en virtud a los delitos contemplados; puesto que, solo indicó que estos extremos no se configuran y que ya fueron observados por el titular de la investigación en el fundamento la resolución de rechazo, siendo que los Fiscales asignados a la investigación no consideraron que Yolanda Rosario Gonzáles Foronda como Agencia Despachante de Aduana era responsable por la documentación presentada a momento de realizar el trámite de su comitente y si bien no existían elementos que demuestren que la mencionada fraguó el certificado medioambiental, existen elementos que demostraban que la misma tenía conocimiento que el certificado era falso y que usó el mismo para tramitar la DUI de su comitente Maximiliano Quispe Laura; vale decir, que sabiendo que dicho documento era falso hizo uso del mismo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- Fragmento 10
- III.1. La exigencia de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones fiscales en la valoración de la prueba
- i)
- Fragmento 13
- III.2. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- Fragmento 15
- III.3. El derecho a la defensa como componente esencial del debido proceso
- II.
- a la fundamentación de las resoluciones, a la defensa técnica y material, a la valoración legal y razonable de las pruebas, al principio de congruencia y motivación de las decisiones, desde el inicio hasta la conclusión del proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- b)
- MAGISTRADO