Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
II.1.
II.1. Cursa contratos de prestación de servicios, suscritos entre las autoridades ediles de turno del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro y Betty Rosa Michaga Mamani –impetrante de tutela–, con vigencia de 20 de enero de 2011 al 15 de abril del mismo año (fs. 2); 1 de junio de 2017 al 15 de marzo de 2018 (fs. 4); 8 de agosto de 2016 al 31 de octubre de 2016 (fs. 5); 3 de noviembre de 2016 al 30 de diciembre de 2016 (fs. 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en contrario, este Tribunal tiene atribuciones limitadas estrictamente a verificar el respeto de los derechos fundamentales o garantías constitucionales
- de ahí entonces, que la tutela constitucional que pueda ser concedida por la justicia constitucional, ante el incumplimiento de una conminatoria de reincorporación en favor del trabajador, resulte de carácter provisional, por cuanto al abrirse la posibilidad de su impugnación en vía administrativa o judicial, la situación laboral del trabajador, aún no está plenamente definida
- III.2.
- con vigencia desde el 1 de junio de 2017 al
- REVOCAR