SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

i)

Por su parte, Eduardo León Arancibia, indicó que: i) El art. 23 de la CPE, determina que toda persona tiene derecho a la libertad y la seguridad personal; ii) Para desarrollar con precisión el arresto, se debe tener en cuenta no solo el art. 129 del CPP, sino también el art. 225 del referido Código, y principalmente las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1550/2013 de 13 de septiembre, 128/2012 de 2 de mayo y la Sentencia Constitucional 326/2003 de 19 de mayo, cuyo entendimiento establece que el arresto es una medida cautelar extra judicial de carácter personal consistente en la privación de libertad del investigado por un tiempo breve y con un propósito específico aplicada por el fiscal o funcionario policial, sin que se mencione en ningún momento que esa atribución es del Juez; y, iii) El art 279 del CPP, señala que el Juez no puede realizar actos investigativos ni los fiscales pueden realizar actos jurisdiccionales.