SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2019-S2
Fecha: 17-Sep-2019
a)
Apelando la Resolución citada, reclamó la omisión de valoración de prueba, por falta de convocatoria a la audiencia de consideración del incidente y ausencia de fundamentación por falta de aplicación del principio de favorabilidad, que los Vocales demandados de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, quienes también omitieron la celebración de la audiencia y a través del Auto de Vista 22/2019 de 26 de marzo, declararon improcedentes los fundamentos de la apelación; agravando su situación al establecer que no procede la extinción: a) Porque el delito que se le inculpa sería de lesa humanidad; b) Para la prescripción deben descontarse las vacaciones judiciales, los días feriados e inhábiles; y, c) Por la naturaleza del delito.
En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos denunciados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada; para cuyo efecto se desarrollarán los siguientes temas: a) Las normas de protección y jurisprudencia sobre los derechos de las niñas, niños y adolescentes; b) Atención prioritaria e inmediata a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual; y, c) Análisis del caso concreto.
- acción de
- I.1.1
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente
- la corresponsabilidad del Estado en todos sus niveles con la familia y la sociedad, debiendo ser atendidos con preferencia en centros de salud, en la escuela, entidades judiciales, por la Policía Boliviana, entre otros
- III.
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer
- que los Estados tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer, en razón, entre otras, por ser menor de edad o estar en situación socioeconómica desfavorable
- Fragmento 16
- niñas
- III.2. Atención prioritaria e inmediata a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR
- 2° Disponer
- MAGISTRADA