SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

En ese contexto normativo constitucional, debe entenderse que si bien los derechos o intereses colectivos benefician directamente a los individuos o colectividades no tiene por finalidad proteger derechos subjetivos de interés particular, sean estos de personas, grupos de personas e incluso colectividades,

En ese orden, también la SCP 0462/2012 de 4 de julio refirió en lo pertinente que: “En ese contexto normativo constitucional, debe entenderse que si bien los derechos o intereses colectivos benefician directamente a los individuos o colectividades no tiene por finalidad proteger derechos subjetivos de interés particular, sean estos de personas, grupos de personas e incluso colectividades, sino, en general, la tutela material de los derechos de la colectividad, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por la Constitución Política del Estado” (énfasis añadido).