Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2019-S1
Fecha: 11-Sep-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 11/2019 de “22” -lo correcto 23- de mayo, cursante de fs. 53 a 59, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Mireya Shirley Morales Escobar contra el “Presidente del Tribunal Departamental de Justicia”, “Fiscal Departamental”, “Juez de Instrucción Penal Séptimo”, “Representante Distrital del Consejo de la Magistratura” y “Fiscal de materia Dr. Villa o Fiscal Asignado al caso”, todos del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La acción de libertad y sus alcances
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo