SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2019-S1

Fecha: 11-Sep-2019

III.3.   Otras consideraciones

Resuelta como se encuentra la problemática planteada, llama la atención a este Tribunal, las expresiones ofensivas vertidas por el peticionante de tutela en contra no solo de los demandados sino contra otras personas mencionadas en la demanda, sin considerar que si bien este mecanismo de tutela se encuentra desprovisto de formalismos y es amplio en su ámbito de protección, que faculta incluso a cualquier persona a interponerlo; no implica que por tal razón esté permitido el uso de términos o argumentos faltos de respeto, lo que se evidencia sucedió en el presente caso, razón por la cual se llama la atención a Max Aldo Lema León, accionante dentro la presente acción tutelar, exhortándole a que en lo futuro haga un uso adecuado de términos y dentro del marco del valor constitucional del respeto; dado además que, si el impetrante de tutela, considera que las autoridades y demás funcionarios mencionados cometieron delitos en su contra, tiene las vías legales para hacer valer sus derechos.