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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2019-S1

    Fecha: 11-Sep-2019

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1.
    • a)
    • denegó
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Con relación al debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
    • Bajo éste entendimiento se establece que, el derecho al debido proceso será posible de tutela constitucional en acciones de libertad, cuando concurran los presupuestos señalados; es decir: a) Cuando el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, b) Exista absoluto estado de indefensión; y por ello, el accionante no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”
    • III.3. Otras consideraciones
    • Fragmento 14

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