SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2019-S1
Fecha: 11-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la lesión de su derecho al debido proceso, vinculado con los principios de legalidad, de seguridad jurídica, de imparcialidad, de congruencia, de pertinencia y de objetividad, por cuanto, no obstante que en el proceso de medida preparatoria seguido por Abel Jaime Vargas Cueto contra Margarita Arispe Rodríguez y su persona, no fue quien negó sobre la firma asentada en los documentos de préstamo de dinero; empero, las autoridades fiscales demandadas emitieron el requerimiento de admisión de la denuncia también en su contra, por la presunta comisión del delito de falso testimonio, informando al Juez de control jurisdiccional sobre el inicio de la investigación, realizando a la vez otros actuados en los que se le incluyó como denunciado o investigado, desconociendo inclusive que la querella presentada por Abel Jaime Vargas Cueto solo fue contra Margarita Arispe Rodríguez; aspectos que tampoco fueron controlados de oficio por la autoridad judicial ahora demandada permitiendo con ello un indebido procesamiento penal en su contra.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Con relación al debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
- Bajo éste entendimiento se establece que, el derecho al debido proceso será posible de tutela constitucional en acciones de libertad, cuando concurran los presupuestos señalados; es decir: a) Cuando el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, b) Exista absoluto estado de indefensión; y por ello, el accionante no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 14