SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0915/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

1)

En uso de la réplica, refirió que: 1) Existe una confesión de la demandada que menciona que está en posesión del inmueble desde la gestión 2010 y hubiera comprado materiales desde la gestión 2012 y 2013, también confesó que sólo refiere tener posesión, que realizó mejoras, que tiene dos casas, un potrero y que es colindante, pero no supo responder si contaba con títulos de propiedad; 2) La prueba adjuntada de la gestión 2010 tiene un reconocimiento de firmas y rúbricas de 8 de abril de 2019; por lo que, no puede alterarse ese reconocimiento conforme el art. 1301 del CC, más aún si es posterior a la fecha de la denuncia del proceso penal, como no niega que se encuentra en posesión del inmueble se advierte que esa posesión es a partir del reconocimiento de firmas que realiza, debiendo considerarse que el avasallamiento es el 27 de octubre de 2018; 3) La demandada no cuenta con ningún documento que respalde su legal posesión por más de catorce o quince años; toda vez que, podría haber iniciado un proceso de usucapión o mejor derecho propietario
4) Quien era dueño de todas las tierras es el padre del ahora peticionante de tutela, en realidad de la familia Barbery y el lugar era monte, inclusive eran dueños el hotel Pantanal, propiedad que fue vendido por su tío
Bautista Zoframanc; y, que sus padres limpiaron el lugar, momento en el que empezaron los robos en los predios.