SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Juan Edgar Balderrama Balderrama, Vocal de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante memorial presentado el      3 de mayo de 2019, señalo que el Auto de Vista de 13 de marzo de igual año, rechazó la recusación interpuesta por el ahora accionante, la cual se fundamentó en la justificación normativa de la decisión judicial prevista en los arts. 347.8 del Código Procesal Civil (CPC) –Ley 439 de 19 de noviembre de 2013– y 27.8 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) –Ley 025 de 24 de junio de 2010–; asimismo, la motivación es la manifestación de los razonamientos que se encuentran en el segundo considerando, los cuales permitieron arribar a la conclusión de que el acto concreto de la recusación no ha sido probada; por lo que, no se vulneró el derecho al debido proceso en su elemento Juez natural, debiendo denegarse la tutela impetrada, sin costas.