SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, la autoridad de control jurisdiccional dispuso su detención preventiva en audiencia cautelar celebrada el 28 de septiembre de 2018 en el Recinto Penitenciario de San Pedro del departamento de La Paz; empero, previa valoración médica ordenada, mediante el oficio correspondiente, al personal de la Unidad de Bomberos Antofagasta, institución que fue notificada a horas 19:00 del citado día en la persona del funcionario policial de apellido Mamani. Sin embargo, en franca vulneración a su derecho a la salud fue trasladado a dicho recinto penitenciario sin considerar su cuadro clínico muy delicado conforme lo evidencia el certificado médico forense emitido por Nancy Yaquelin López Guzmán, Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) del departamento de La Paz, quien sugirió control de cirugía y valoración por traumatología, otorgándole siete días de incapacidad por la dificultad de respiración que tenía debido a los golpes sufridos en la región del tórax anterior, costado izquierdo con fractura de costillas por las agresiones de los funcionarios policiales, quienes incluso lo llevaron a una clínica donde efectuaron la toma de rayos X, con un informe médico preliminar de fractura de costillas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- así como a la vida, cuando esté en peligro
- ) Atentados contra el derecho a la vida;
- por lo que, incluso ahora a través de la acción de libertad puede tutelarse el derecho a la vida y no solamente cuando se encuentra relacionada a la restricción de la libertad, sino también cuando sea a consecuencia de ella,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR