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    AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2020-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2020-CA

    Fecha: 13-Ene-2020

    4.

    4.   En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado” (las negrillas nos corresponde).

    • Fragmento 1
    • a)
    • promover
    • procederá en el marco de un proceso
    • 4.
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • La
    • es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • REVOCAR

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