Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0016/2020-CA
Fecha: 28-Ene-2020
Sumariante Disciplinaria de la Dirección del Notariado Plurinacional
En consulta la Resolución de 8 de enero de 2020, cursante de fs. 35 a 40 vta., pronunciada por la Sumariante Disciplinaria de la Dirección del Notariado Plurinacional, por la cual resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Mario Siles Sánchez, demandando la inconstitucionalidad del art. 105 inc. b) de la Ley del Notariado Plurinacional (LNP), por ser presuntamente contraria a los arts. 1, 109.II, 115.II, 116.II, 117.I, 119.II, 232 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Sumariante Disciplinaria de la Dirección del Notariado Plurinacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- b) Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda, o
- sin recurso ulterior
- las partes podrán solicitar aclaración, enmienda o complementación sobre aspectos formales
- II.3. Análisis del caso concreto
- 30 de diciembre de 2019
- RATIFICAR