AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2020-CA

Fecha: 28-Ene-2020

la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes

Asimismo, el art. 79 del precitado Código, referido a la legitimación activa de esta acción, determina que: ‘Tienen legitimación activa para interponer Acción de Inconstitucionalidad Concreta, la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción’.