AUTO CONSTITUCIONAL 0146/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0146/2020-RCA

Fecha: 23-Oct-2020

a)

Refieren que: a) Nunca se insertó en el orden del día el tratamiento y resolución del recurso de control de legalidad, denegándose de esa forma tácitamente su reclamo, pues operó el silencio administrativo negativo luego de transcurridos cuarenta días; b) Se agotó la vía administrativa con la interposición del único recurso; y, c) En cuanto a los actos consentidos por no haber sido Richer Quispe Quispe quien agotó la vía administrativa, ni planteó esta acción tutelar, se debe aplicar el principio de tutela judicial efectiva y acceso a la justicia.