Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0196/2020-CA
Fecha: 13-Oct-2020
a
Los recurrentes solicitan se disponga la nulidad de: a) La conformación del “seudo y apócrifo” Consejo Colegiado de Expresidentes del COCIPROMO; b) La Resolución 01/2020; c) La convocatoria a elecciones de directorio de dicho Comité, emitida por el citado Consejo Colegiado; y d) Las demás resoluciones y apersonamientos emitidos como Consejo de Expresidentes de COCIPROMO.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2.
- “ACEFALIA TOTAL del DIRECTORIO”
- a
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- II.2. El fundamento jurídico constitucional como requisito de admisión del recurso directo de nulidad
- la existencia de actos impartidos por personas o autoridades que tuvieron la facultad de ejercer jurisdicción, competencia o potestad, pero que al momento de materializar el acto o resolución ya cesaron en sus funciones.
- 1)
- RECHAZAR