Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2020-CA
Fecha: 13-Oct-2020
dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
En este sentido, la SCP 0129/2013 de 1 de febrero, efectuando cita de la SC 2390/2010-R de 19 de noviembre, señaló que: ‘“…para la interposición de este recurso es necesario que se cumplan con las condiciones de procedencia (…); es decir, que sea promovido -de oficio o a solicitud de parte- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo’” (las negrillas nos corresponden).
- Fragmento 1
- NO AFILIADA
- Todos los derechos reconocidos en la Constitución son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección
- rechazar
- procederá en el marco de un proceso
- depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR