SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0508/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0508/2020-S2

Fecha: 06-Oct-2020

a)

El accionante por medio de su abogado, se ratificó en el contenido de la acción de amparo constitucional, y ampliándolo manifestó que: a) El art. 67 de la LRDPB, de forma clara establece plazos concretos y perentorios de investigación disciplinaria, sujeta a requisitos como la fundamentación para solicitarlo y la complejidad del caso, aspectos que no fueron observados por los demandados; ya que, una investigación según el artículo indicado debe durar quince días; sin embargo, en ningún momento se dio cumplimiento al mismo para pedir la ampliación del plazo de la etapa de investigación; es decir, no fue fundamentada ni motivada la referida solicitud; y, b) El Fiscal Departamental Policial demandado mediante Auto de 9 de julio de 2019, dispuso la ampliación de la investigación disciplinaria por veinte días sin un debida fundamentación, otorgándose plazos más allá de lo que determina la precitada Ley.