SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

a)

Manuel Jesús Chuquimia Zeballos, Juez Público Civil y Comercial Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito el 5 de diciembre de 2019, cursante a fs. 19 y vta., refiriendo que: a) La causa dilucidada se encuentra en ejecución de sentencia, deviene de un concluido proceso de quiebra interpuesto por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) contra la empresa Adriática Seguros y Reaseguros S.A.; b) En cumplimiento del art. 1612 y siguientes del Código de Comercio (CCom), por Auto Interlocutorio de 13 de junio de 2019, dispuso que la sindicatura cumpla una serie de actividades, las que están siendo observadas; c) Los accionantes no formularon recursos ni aclaraciones, complementaciones o enmiendas sobre las resoluciones emitidas en ejecución de sentencia; por lo que, no cumplieron con el principio de subsidiariedad como presupuesto de admisión para esta acción tutelar; d) No se trata de ninguna negación al pago; puesto que, el mismo procederá una vez que los bienes de la extinta empresa hayan sido vendidos en subasta pública y se encuentren en moneda disponible; situación que, los impetrantes de tutela no comprendieron; y, e) Es falsa la aseveración de que no se emitió respuesta a sus peticiones, pues el mencionado Auto es claro y preciso sobre la actividad que debe cumplirse previa a la disposición de la cancelación de acreencias.