SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes a través de su representante denuncian la vulneración de sus derechos a ser protegidos oportuna y efectivamente por las autoridades judiciales, al debido proceso, a la defensa, a la libertad y al principio de celeridad alegando que, dentro del proceso penal seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de violencia familiar; cumplen desde el 6 de junio de 2018, detención domiciliaria y otras medidas sustitutivas a la detención preventiva. Habiendo presentado en varias oportunidades, solicitudes de modificación de la detención domiciliaria y otras medidas sustitutivas a la detención preventiva, la Jueza demandada incurrió en una innegable retardación de justicia, sin considerar que al tratarse de un pedido vinculado con su libertad, tomando en cuenta que tanto en la detención domiciliaria como en la detención preventiva existe restricción al derecho anotado, merecían una resolución oportuna en el marco del principio de celeridad. En ese orden, destacan que su última solicitud a objeto de lograr la modificación señalada, data del 8 de octubre de 2019; empero, la audiencia fijada para el 25 de noviembre de ese año, en la que ya existía dilación en su señalamiento, fue suspendida; decretándose nueva audiencia recién mediante proveído de 29 de enero de 2020, para el 3 de marzo del año indicado; ocasionando de forma indiscutible una retardación de justicia indebida, al transcurrir más de “cinco meses” sin resolver su situación jurídica, abriéndose la posibilidad de activar la presente acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho.