Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2020-S2
Fecha: 13-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su elemento de correcta valoración probatoria, el principio de legalidad y convencionalidad, alegando que las autoridades demandadas dispusieron su detención preventiva sin la concurrencia de elementos indiciarios objetivos que demuestren su probabilidad de autoría respecto a los delitos denunciados y los riesgos procesales de fuga y obstaculización previstos en los arts. 233.2 del CPP, en relación a los arts. 234 y 235 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- ...en cuanto a la presunta indebida privación de libertad, deberá tenerse en cuenta que la misma puede producirse, ya por hechos y circunstancias eventualmente no vinculadas a la presunta comisión de un delito y otras veces, sí vinculadas a dicha presunta comisión de un delito. En consecuencia, si no existe inicio de investigación y tampoco presunta comisión de delito alguno, corresponderá a la justicia constitucional conocer directamente y resolver la acción de libertad que acuse una presunta indebida privación de libertad
- 2.
- 4.
- 5.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR