Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2020-S1
Fecha: 14-Oct-2020
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El peticionante de tutela, reiteró íntegramente los términos de su demanda tutelar y ampliándolos indicó que el 19, 20, 21 y 26 de febrero de 2020, se apersonó al Juzgado a efectos de cumplir con los recaudos de ley, encontrándose con la negativa en el mismo; toda vez que, no se encontraban aun los obrados correspondientes para ser remitidos ante la instancia superior, existiendo una dilación indebida para resolver la situación jurídica del impetrante de tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- Fragmento 12
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental de medidas cautelares
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- excepción