Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2020-S1
Fecha: 14-Oct-2020
II.2.
II.2. Mediante informe presentado el 27 de febrero de 2020, por Jesús Reynaldo Montaño Mejía, Secretario del Juzgado de Instrucción Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, ante la Jueza de dicho Juzgado, hace saber que el 19 de febrero de 2020, a horas 8:00 se celebró audiencia de medidas cautelares respecto de Juan Inosencio Zenteno Mamani, por Auto emitido fue apelado en audiencia; y que, la parte apelante hasta la fecha del dictamen no se apersonó al Juzgado a proveer los recaudos para su remisión ante el Tribunal de alzada (fs. 25).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- Fragmento 12
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental de medidas cautelares
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- excepción