SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2020-S1

Fecha: 14-Oct-2020

II.3.

II.3.   Por informe escrito de María Teresa Apaza Paz, Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del departamento de Cochabamba, señaló que: 1) El 19 de febrero de 2020 a horas 8:30, se celebró la audiencia de medida cautelar dentro del proceso de violencia familiar o doméstica en contra del peticionante de tutela, disponiéndose la detención preventiva, siendo apelada la misma en audiencia; por lo que; se ordenó al Secretario del mismo Juzgado, remita ante la autoridad correspondiente, los antecedentes de la apelación; y, 2) El solicitante de tutela no se apersonó al Juzgado a efectos de proveer las fotocopias de los actuados pertinentes, no siendo justo que el Secretario del Juzgado pague el importe de los gastos de las copias, existiendo negligencia de la parte apelante para la confección del cuaderno de apelación y remisión, por lo que pido se deniegue la tutela peticionada (fs. 24 vta. y 26).