SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2020-S1

Fecha: 21-Oct-2020

1)

Marisol Zaida Claros Quiroz, abogada apoderada del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, en audiencia informó lo siguiente: 1) El despido que motiva la determinación de reincorporación, fue dado en la anterior gestión municipal, debido al cambio de autoridades municipales y funcionarios; 2) La anterior asesora legal puso en indefensión al municipio al no haberse apersonado al trámite laboral ante la Jefatura Departamental del Trabajo; y, 3) Las nuevas autoridades asumieron responsabilidades desde el 12 de diciembre de 2019, y el área de Recursos Humanos con personal nuevo desde el 19 de igual mes y año; por lo que, del análisis realizado al caso, se cumplirá con la reincorporación determinada.

En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela, para el efecto se analizarán los siguientes temas: 1) Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación; y, 2) Análisis del caso concreto.

1) En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.