SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2020-S3

Fecha: 21-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, peculado y otros, tramitado en el “juzgado de INSTRUCCIÓN PENAL, DE MATERIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES Y DE ANTICORRUPCIÓN Nro.3 DE LA CAPITAL” (sic), se fijó audiencia de medida cautelar para el 29 de marzo de 2018, acto procesal en el que fue declarado rebelde, debido a que por problemas de salud no se presentó a dicha audiencia, habiendo la autoridad demandada ordenado se libre mandamiento de aprehensión en su contra; sin embargo, el 3 de abril de ese año, mediante memorial se apersonó al referido juzgado, adjuntando un certificado médico que acreditaba que se encontraba enfermo y que  por  tal  motivo  no  pudo asistir al   aludido acto procesal.

Indica que, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad, el memorial supra citado, no fue respondido, habiéndole manifestado en el juzgado, que dicho escrito se encuentra en despacho junto con el cuaderno procesal para la elaboración del  acta de la audiencia, situación que vulnera su derecho a la libertad, debido a que al haberse apersonado ante el Juez, el mandamiento de aprehensión inmediatamente debió quedar sin efecto; empero, ello no sucedió, al contrario su apersonamiento no fue aun resuelto por la autoridad  jurisdiccional ahora accionada.