AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2020-RCA
Fecha: 09-Nov-2020
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 18 de agosto de 2020, cursante de fs. 60 a 72, los accionantes manifiestan que son miembros del Directorio del Sindicato de trabajadores “Alianza Uno”, hecho por el cual estarían siendo discriminados, ya que la Red Uno de Bolivia S.A. -ahora empresa demandada- no cumplió con el pago de sus salarios del mes de junio -no menciona el año-, atentando contra su dignidad y la de sus familias, incurriendo en discriminación al haber pagado sueldos a todos los demás trabajadores, menos a los miembros del referido Sindicato, sin importarle a la Empresa demandada que son padres de hijos con capacidades especiales, progenitores y madres gestantes, siendo privados arbitraria e ilegalmente de su salario vulnerando sus derechos al trabajo, a la dignidad y la de sus familias al no tomar en cuenta los derechos de sus hijos menores de edad y con discapacidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo
- protección reforzada
- II.3. Análisis del caso concreto
- partes están obligadas a agotar todos los mecanismos de impugnación intraprocesales, previo a acudir a la jurisdicción constitucional; dado que se trata de una acción que no forma parte de los procesos ordinarios ni administrativos, y por ende, no es sustitutiva de otros medios o recursos legales; es decir, su finalidad no es sustituir o reemplazar mecanismos estipulados en el ordenamiento jurídico
- se entiende que quien considere que sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales fueron menoscabados o amenazados, debe previamente reclamar dicha lesión ante las autoridades judiciales o administrativas para su
- 2° Disponer