SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

III.2. Análisis del caso concreto

Dentro la presente acción de libertad, el accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad; al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación; y, a la presunción de inocencia; toda vez que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del pronunciamiento del Auto de Vista 110/2020, incurrió en los mismos errores del Tribunal a quo, al confirmar la revocatoria de la medida cautelar sustitutiva de la que gozaba; y, por ende, se dispuso su detención preventiva, fundando su decisión en el art. 247.2 del CPP, causal que no fue invocada por la acusadora particular, tampoco fundamentó la probabilidad de autoría realizando una mera relación de documentos, lesionando de forma flagrante el art. 124 del CPP;  refiriendo simplemente que la sola existencia de Sentencia condenatoria generó suficiente convicción de que existió un alto riesgo de fuga.

Conforme los antecedentes que cursan en el expediente se colige que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Isidora Carvajal Mamani, progenitora de un adolescente, contra Marcos René -ahora accionante- y Martha Benita Cuno Quispe, por el presunto delito de violación de infante, niña, niño o adolescente, en audiencia de medidas cautelares celebrada por el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de El Alto del departamento de La Paz, el impetrante de tutela fue beneficiado con la medida sustitutiva a la detención preventiva disponiéndose su detención domiciliaria y salida laboral.

Sustanciado el proceso penal, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto, pronunció la Sentencia 092/2019, dictando contra el peticionante de tutela, fallo condenatorio, declarándole cómplice de la comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente, por existir prueba suficiente que generó a ese Tribunal la convicción sobre la responsabilidad penal del acusado, condenándolo a la pena privativa de libertad de veinte años de presidio.

Como consecuencia de la emisión de la Sentencia condenatoria, Isidora Carvajal Mamani, mediante escrito de 23 de enero de 2020, solicitó al Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto, se revoque la medida cautelar de detención domiciliaria con la que fue beneficiado el accionante, ya que  éste de forma dolosa procedió a vender su bien inmueble; por lo que, existiría clara evidencia de riesgo de fuga.

En tal sentido, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto, pronunció el Auto Interlocutorio 024/2020 de 12 de febrero, declarando procedente la revocatoria de la detención domiciliaria, disponiendo la detención preventiva del acusado Marcos René Cuno Quispe -hoy demandante de tutela- en el Centro Penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz; Resolución que fue objeto de apelación incidental tomando conocimiento del recurso la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que resolvió confirmar la Resolución impugnada, a través de la emisión del Auto de Vista 110/2020.

En mérito a los antecedentes descritos se realizará el análisis del Auto de Vista 110/2020, que fue el último actuado que hubiese vulnerado los derechos fundamentales y garantías constitucionales del accionante; en tal sentido,  se procederá a la contrastación de lo resuelto por el Vocal demandado y los agravios expuestos por el impetrante de tutela en su apelación incidental, a fin de determinar si son evidentes o no las lesiones alegadas.