SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0673/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0673/2020-S2

Fecha: 12-Nov-2020

a)

Los accionantes por intermedio de sus abogados, ratificaron in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar; añadiendo que: a) A través del        DS 4200, emitido por la actual Presidenta del Estado, se prohibió la suspensión del servicio básico del agua; b) Los ahora accionantes son parte del Barrio “Tierra Linda” en Turumayo, quienes fueron titulados de una “acción de agua” porque en ese distrito todavía no existe la tuición de COSAALT Ltda. -que es el servicio que provee agua en el radio urbano-; c) Pese a que hicieron sus aportes respectivos, se les fue cortado el servicio de agua el 4 de abril de 2020, es decir, cuando ya estaba en vigencia el precitado Decreto Supremo; por lo que, ese hecho les dejó en un estado grave de vulnerabilidad, puesto que la pila más cercana que ellos tienen para ir a proveerse de agua está a dos kilómetros, tomando en cuenta, además, que no existe transporte regular, público ni privado por efecto de la pandemia; d) Debe darse cumplimiento a lo establecido en el referido Decreto Supremo respecto a cesar la suspensión del agua para uso doméstico, y por lo mismo debe restablecerse el servicio, considerando la situación de crisis por la pandemia que el país está atravesando; e) Se tiene un pozo colectivo que  se le llama “acciones de agua”, por el cual se hace un pago de quince bolivianos mensualmente, comprobantes de los mismos debidamente efectuados que los administra Ramiro Gareca Cuellar; y, f) El 17 de agosto de 2017 se ha decretado la ampliación de la mancha urbana, y en efecto, los comités ya no tienen la tuición del manejo del agua, que pasa a ser parte de COSAALT Ltda.; sin embargo, como existe esta situación de la pandemia, se encuentran cerradas todas las instituciones, por lo que no tienen dónde acudir.