SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2020-S1
Fecha: 05-Nov-2020
II.1.
II.1. Por Resolución 553/2019 de 26 de diciembre, el Juez de Instrucción Penal Séptimo de la ciudad de El Alto del departamento de La Paz, dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor de la accionante, consistentes en la detención domiciliaria, arraigo ante la Dirección General de Migración, la obligación de presentarse a cualquier convocatoria que realice el Ministerio Público o la Autoridad Jurisdiccional, la prohibición de comunicarse o contactarse con las víctimas, testigos y otros; y, una fianza económica de Bs7 000.-, una vez cumplida con la acreditación y verificación, del arraigo y la fianza económica, librarse y ejecutarse el mandamiento de detención domiciliaria (fs. 10 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2 Análisis del caso concreto
- una fianza económica
- actualización
- CONFIRMAR
- 4°
- mujeres embarazadas