SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2020-S4

Fecha: 10-Nov-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución de 007/2020 de 21 de enero, cursante de fs. 166 a 169 vta., denegó la tutela solicitada; decisión que se asumió con los siguientes fundamentos: i) Atendiendo las alegaciones del recurso de compulsa, la resolución cita que el Código Procesal del Trabajo regula los procesos laborales, disponiendo en su art. 252 que los aspectos no previstos por este, se regirán excepcionalmente por la Ley de Organización Judicial y el Código Procesal Civil, siempre que no signifique violación a los principios generales del derecho procesal laboral, por lo que, en función a dicha disposición, se aplica el art. 90 del CPC respecto del plazo, teniéndose que el recurrente fue notificado el 16 de agosto de 2019 a las 14:45 con la sentencia y de acuerdo a lo dispuesto por el art. 205 del CPT, su plazo feneció el último momento hábil del horario de funcionamiento del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, estableciéndose que la parte apelante tenía hasta horas 18:30 del día viernes 23 de agosto del mismo año para deducir su recurso; sin embargo, el mismo fue presentado dicho día a las 19:29:17; si bien fue el último día de vencimiento del plazo, está fuera del horario de actividades judiciales; vale decir, que la resolución impugnada mediante esta acción de amparo constitucional, tiene la debida fundamentación y motivación, conforme lo determina la basta jurisprudencia constitucional; y, ii) El Reglamento del Buzón Judicial, en su art. 4 inc. 1), prevé la presentación de memoriales, documentos y recursos fuera del horario judicial, en días inhábiles, en caso de urgencia o cuando este por vencerse el plazo perentorio; no así para suplir las falencias de los recurrentes; por lo que, los demandados, obraron correctamente al declarar ilegal la compulsa.