SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2020-S3

Fecha: 03-Nov-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, en razón que la Jueza ahora accionada a pesar de tener señalado su domicilio procesal dispuso su notificación con la planilla de liquidación de asistencia familiar en un domicilio que no habita y que fue consignado de forma desleal por la demandante en el proceso de asistencia familiar, cuando el Código de las Familias y del Proceso Familiar establece que dicho actuado debe efectuarse en el domicilio procesal del obligado o en Secretaría del Juzgado; y en consecuencia, se libró mandamiento de apremio en su contra, el cual fue ejecutado curiosamente en su domicilio real, momento en el que recién tuvo conocimiento de la planilla de liquidación mencionada.