SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2020-S4
Fecha: 12-Nov-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración de su derecho a la libertad en relación al debido proceso, a la seguridad jurídica y a la petición; puesto que, encontrándose detenido preventivamente con fines de extradición dispuesta mediante Auto Supremo 95/2018, pronunciado por los Magistrados de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, ahora demandados, ante el evidente vencimiento del plazo de cuarenta y cinco días establecido por el referido Tribunal para formalizar la extradición, solicitó a los mismos que, en aplicación de lo previsto por el art. 20 del Tratado de Derecho Penal Internacional, suscrito en Montevideo el 23 de enero de 1889, se disponga su libertad; sin embargo, hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar no se dio respuesta a su pretensión y al estar detenido corre el riesgo de contagiarse de COVID–19 en desmedro de su vida y su salud.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica
- para el caso en los cuales las autoridades jurisdiccionales reciban una petición de la persona detenida o privada de libertad, tienen la obligación de tramitarla con celeridad, (…). Actuar de manera distinta a la descrita, provoca dilaciones indebidas y dilatorias sobre la definición jurídica de las personas privadas de libertad y corresponde activar el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR