SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2020-S2
Fecha: 24-Nov-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Vivió una situación de violencia física y familiar y sufrió actos lesivos a sus derechos en la localidad de Guanay, que se encuentra a una distancia de 256 km de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, contando como único ingreso la ruta La Paz-Caranavi-Guanay, misma que a raíz de las lluvias propias de los meses de diciembre a febrero se torna de difícil acceso, esto aunado a la emergencia sanitaria que se atraviesa, le forzó a contratar los servicios del abogado que la patrocina en una acción penal, en la cual es víctima; habiéndose realizado la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares en la mencionada ciudad, no logró asistir por falta de notificación; lo que, le impidió participar de ese acto procesal de igual manera el profesional que la representaba tampoco pudo estar presente por cuestiones médicas; por lo que, su presunta agresora quedó en libertad; es así que, apeló esta decisión; empero, el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del mencionado departamento -hoy demandado-, no remitió los antecedentes al Tribunal de alzada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III.1. De la acción de libertad y su ámbito de aplicación
- Fragmento 9
- a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- Fragmento 13
- CONFIRMAR