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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2020-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2020-S3

    Fecha: 06-Nov-2020

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • III.1.  El derecho de petición, oportunidad y pertinencia en la respuesta
    • cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atiende
    • Fragmento 15
    • obligación por parte de las autoridades y servidores públicos de comunicar al peticionante la respuesta a la petición
    • modulada
    • ésta tiene la obligación de responder formal y oportunamente sobre su incompetencia
    • 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
    • Fragmento 20
    • escrita o verbal
    • debe tenerse presente que, el derecho de petición se encuentra en directa relación con el derecho de acceso a la información, de donde podemos concluir que la negativa a la solicitud oral o escrita -sea requiriendo copias, informes, certificaciones u otros análogos-, constituye un límite del libre acceso a la información
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • formal
    • i)
    • oportunidad y formalidad
    • REVOCAR en parte
    • b)

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