SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2020-S4
Fecha: 12-Nov-2020
II.3.
II.3. Juan Ramos Quispe, por el detenido preventivamente Braulio Ramos Quispe, mediante memorial de 17 de mayo de 2020, dirigido al Juez Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Coroico del departamento de La Paz, debido a su estado de salud mental, y haberse dispuesto su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro, en lugar de disponer su internación en un centro psiquiátrico, como estaba programada para el 28 de mayo de igual año, solicitó que en el día se orden su salida al Hospital de Clínicas a fin de que su médico psiquiatra certifique su estado actual de salud mental, adjuntando antecedentes ya anteriormente puestos a conocimiento de la autoridad judicial referentes a su estado de salud mental, informes, certificaciones y recetas; el que fue atendido mediante decreto de 29 de igual mes y año, por medio del cual, considerando que la defensa en materia penal, particularmente en delitos de acción pública es de carácter personal, el Juez de la causa dispuso que previamente vaya el referido memorial con firma del imputado, hecho por el cual se dispondrá lo que corresponda en derecho (fs. 58 a 59).