SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2020-S1

Fecha: 26-Nov-2020

II.5.

II.5.  Cursa Conminatoria 17/2019 de 4 de noviembre, mediante la cual el Jefe Regional de Trabajo de Bermejo del departamento de Tarija, conminó a Alfredo Becerra Serpa, Gerente General de SETAR a reincorporar a su fuente laboral al ahora accionante en el cargo de Apoyo Técnico de Distribución y se proceda a la cancelación de sus sueldos devengados y los derechos laborales que le correspondan, señalando en su parte in fine que: “El contrato del 2019 iniciado el 31 de enero de 2019 teniendo correos electrónicos emitidos y remitidos en fecha 21, 25, 29 de enero de 2019 concluyente su contrato en fecha 31 de julio de 2019, bajo los principios laborales se aplica una tácita reconducción y si bien se elabora nuevos contratos laborales a plazo fijo es para subsanar errores cometidos en la empresa vulnerando la estabilidad laboral del trabajador que vino cumpliendo en esas fechas una labor y tarea propia y permanente de la empresa que era y es la remisión de reportes de cortes y fallas, por lo que de acuerdo al Decreto Ley 16187 de 16 de febrero de 1979, la empresa al no presentar una respectiva autorización para realizar este tipo de contrato de trabajo según la R.M. N° 311/72 y haber tratado de burlar la normativa laboral al haberle hecho más de dos contratos para un mismo cargo en labores propias y permanentes de la empresa y existir continuidad laboral más que probada por la abundante prueba de cargo y siendo atribución y competencia del Ministerio de Trabajo velar y garantizar el cumplimiento de la normativa laboral se le CONMINA A LA REINCORPORACION a su fuente laboral del Sr. Milton Dos Santos Nina Huenulao en el cargo de APOYO TECNICO DE DISTRIBUCION Y SE PROCEDA A LA CANCELACION DE SUS SUELDOS DEVENGADOSY LOS DERECHOS LABORALES QUE CORRESPONDAN” (sic), concediéndole un plazo de tres días para su cumplimiento          (fs. 150 a 154).