SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2020-S1

Fecha: 26-Nov-2020

III.2. El estándar jurisprudencial más alto, en relación al cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral, su cumplimiento integral, y el acceso directo a la justicia constitucional

Respecto al cumplimiento integral de las conminatorias de reincorporación laboral, la SCP 0060/2020-S1 de 9 marzo, efectuando una sistematización del desarrollo jurisprudencial, concluyó que en sede constitucional, es incuestionable el cumplimiento efectivo de las conminatorias de reincorporación laboral, esto debido al alto grado de protección que merecen los derechos que están ligados al derecho laboral; lo cual, conlleva el estándar más alto en cuanto a su garantía y materialización, conforme a la Constitución Política del Estado y el bloque de constitucionalidad; en ese sentido, la señalada Sentencia Constitucional Plurinacional, para llegar a dicha conclusión, desarrolló los siguientes argumentos:

Inicialmente, en su F.J. III.1, efectuó una precisión sobre la fuerza vinculante del precedente constitucional con relación al estándar jurisprudencial más alto, conforme a las SCP 2233/2013 de 16 de diciembre y 0087/2014-S3 de 27 de octubre, las cuales establecieron que el precedente constitucional en vigor es:

“…aquél que acoja el estándar más alto de protección del derecho fundamental o garantía constitucional invocada, esto es, aquella decisión que hubiera resuelto un problema jurídico de manera más progresiva, a través de una interpretación que tienda a efectivizar y materializar de mejor manera los derechos fundamentales y garantías constitucionales previstas en la Constitución Política del Estado y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que forman parte del bloque de constitucionalidad”.

Adicionando que, el estándar se acoge después de un examen integral de la línea jurisprudencial y no solamente a partir de un criterio temporal; en consecuencia, el Tribunal Constitucional Plurinacional, está en la obligación de elegir y aplicar los precedentes con estándar jurisprudencial más alto.