SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2020-S3

Fecha: 25-Nov-2020

para ello, la parte agraviada deberá invocar la lesión de sus derechos fundamentales e identificar concretamente las pruebas que no fueron valoradas o en su caso que fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; asimismo, en qué medida la valoración cuestionada de omitida, irrazonable e inequitativa tiene incidencia en la resolución final

En ese contexto, corresponde precisar que conforme a la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, es posible la revisión de la valoración de la prueba cuando las autoridades jurisdiccionales demandadas omitan arbitrariamente considerar las pruebas, ya sea parcial o totalmente, para ello, la parte agraviada deberá invocar la lesión de sus derechos fundamentales e identificar concretamente las pruebas que no fueron valoradas o en su caso que fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; asimismo, en qué medida la valoración cuestionada de omitida, irrazonable e inequitativa tiene incidencia en la resolución final. En ese sentido, si la parte accionante no cumple con la carga argumentativa y los presupuestos exigidos, el Tribunal Constitucional Plurinacional se verá impedido de analizar el fondo de la problemática y no podrá emitir un pronunciamiento cuando de dicha valoración emane una determinación cuya motivación, fundamentación y congruencia se reclame de deficiente.