Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2020-S1
Fecha: 27-Nov-2020
Fragmento 14
El solicitante de tutela denuncia la vulneración su derecho a la libertad; toda vez que, se encuentra detenido preventivamente desde hace más de dos años sin sentencia ejecutoriada, sin contar a la fecha con sentencia; es así que, desde hace más de un mes, solicitó la cesación a la detención preventiva al amparo del art. 239.4 del Código Procesal Penal (CPP), la misma que no se materializa por hechos negligentes que no se promueven en el Tribunal que conoce la causa y no resuelven la misma.
- I.1.1
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III.
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2.
- Fragmento 11
- salvo que incurrieran en excesos que impliquen contradicción o alteración de las determinaciones a sus deberes, contribuyan o lesionen directamente derechos fundamentales de las personas
- si la vulneración de los derechos tutelados por la presente acción de defensa emerge del incumplimiento o la inobservancia de las funciones y obligaciones conferidas al personal de apoyo jurisdiccional en los preceptos legales procedentemente referidos o del incumplimiento de las instrucciones u órdenes impartidas por el superior en grado, dicho servidor público adquiere la legitimación pasiva
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADA