SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2020-S3
Fecha: 12-Nov-2020
I.2.1. Ratificación de la acción
La accionante a través de su abogado ratificó los argumentos aludidos en el memorial de acción de amparo constitucional, y ante la pregunta de la Vocal de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz del porqué no se presentó a dar el examen al ser una convocatoria pública, la misma contestó que uno de los requisitos institucionales para presentarse era que debía renunciar al cargo, y pensando en el seguro de su madre es que no lo hizo; también aclaró que su madre se encontraba asegurada a la CPS al ser su beneficiaria; así mismo indicó que tenía conocimiento de su situación jurídica y que el contrato era temporal y sujeto a concurso de méritos y examen de competencia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de funcionarios públicos que tengan bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes
- normativa, que al margen de ratificar la inamovilidad laboral de la 'persona con discapacidad', amplía su ámbito de protección a las personas que no la padezcan, pero que tengan bajo su dependencia a 'personas discapacitadas', estableciendo requisitos para su ámbito de protección
- III.2.
- Fragmento 15