Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0261/2020-CA
Fecha: 11-Dic-2020
vencido el plazo anterior sin que se hubiera emitido resolución
V. Una vez notificado el rechazo del requerimiento, o vencido el plazo anterior sin que se hubiera emitido resolución, la autoridad que se considere afectada podrá interponer, en el plazo de quince días, la demanda de conflicto de competencia ante el Tribunal Constitucional Plurinacional” (las negrillas con añadidas).
- I.1. Síntesis del conflicto
- se evidencia que NO han cumplido con lo señalado en los arts.
- I.2. Argumentos jurídicos del conflicto
- Los conflictos de competencias entre el gobierno plurinacional, las entidades territoriales autónomas
- Competencias atribuidas por la Constitución Política del Estado, o la Ley a las Entidades Territoriales Autónomas
- vencido el plazo anterior sin que se hubiera emitido resolución
- procederá cuando la autoridad o autoridades se declaren no competentes para resolver una pretensión solicitada
- la autoridad o autoridades que se consideren sin competencia requerirán al órgano que entiendan responsable de la competencia para que sea ejercitada
- debe requerir al órgano que entienda que es responsable de la competencia para que sea ejercitada
- jurisdicción ordinaria civil
- RECHAZAR