SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2020-S4

Fecha: 09-Dic-2020

II.2.

II.2.    A través del Auto 17/2019 de 14 de enero, el Juez de Instrucción Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, resolvió rechazar la excepción de extinción de la acción penal interpuesta por el hoy impetrante de tutela, argumentando que éste, desde el 12 de marzo de 2013 hasta el 4 de mayo de 2016, no presentó absolutamente nada, adoptando una posición inerte por más de tres años; asimismo, que restando el tiempo correspondiente a feriados, vacaciones de cuatro gestiones, se establece un tiempo procesal de tres años, cuatro meses y ventiún días, lapso que si bien sobrepasa los tres años establecidos por el art. 133 del CPP, al momento del planteamiento del incidente debe ser compulsado de manera integral, habiendo denotado que el imputado, solo se limitó a esperar el transcurso del tiempo, además que si bien el proceso se inició el 30 de julio de 2012, recién el 27 de julio de 2016, se presentó la ampliación de la imputación contra la esposa del incidentista de quien no se tiene noticia; por lo que, se procedió a su convocatoria por edictos, dando lugar a la complejidad del caso y entra dentro de los factores causantes de la mora (fs. 11 a 13).