Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2020-S4
Fecha: 09-Dic-2020
II.4.
II.4. A través de Carta Notaria de 31 de enero de 2020, la Notaria de Fe Pública 3, Aidé Valverde Rojas, se constituyó en la puerta del edificio de tres plantas, ubicado en la Plaza 6 de Agosto No. 0053, Acera Norte de Sacaba de Cochabamba, donde funciona el Restaurante, a objeto de entregar la Nota de 30 de enero de 2019, a Evelin Teresa Apala Cárdenas, no pudiendo realizar el acto, dado que dicha persona se ocultó, impidiendo el cometido de esta funcionaria notarial (fs. 7 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Pr
- las vías de hecho se definen como el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia
- “
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- CONFIRMAR
- 2º