Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2020-S4
Fecha: 15-Dic-2020
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 021/2020 de 5 de marzo, cursante de fs. 84 a 89 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia CONCEDER la tutela provisional, impetrada por Gabriela Liliana y Fátima Mariela, ambas Campero Ovando y María del Consuelo Ovando Cortez, ordenando el cese inmediato de la medidas de hecho asumidas
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.2. Tutela provisional e inmediata ante medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR