Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2020-S4
Fecha: 15-Dic-2020
II.6.
II.6. El Acta de Verificación 02/2020 de 14 de febrero, da cuenta que la Notaria de Fe Pública 48 del departamento de Cochabamba, constituida en el departamento signado con la letra “B”, ubicado en la planta baja del bloque III del Condominio Mediterráneo II, constató que el inmueble no cuenta con energía eléctrica por haberse retirado el medidor (fs. 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.2. Tutela provisional e inmediata ante medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR