AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2020-CA
Fecha: 12-Feb-2020
i)
El recurrente, en su condición de Senador Titular y Presidente de la Comisión de Constitución, Derechos Humanos y Sistema Electoral de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, presenta recurso directo de nulidad de manera concreta contra los siguientes actos: i) La solicitud y aprobación por parte de los Senadores del MAS-IPSP de la moción de dispensación de trámite y voto de urgencia para el tratamiento en el Senado del Proyecto de “Ley 511/2019-2020 ‘Ley de cumplimiento de Derechos Humanos’” (sic), contraviniendo el procedimiento establecido en el Reglamento General de la Cámara de Senadores; y, ii) La aprobación del referido Proyecto de Ley por parte de los mencionados Senadores, como consecuencia de una indebida e ilegal utilización de la moción de dispensación de trámite y voto de urgencia.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- 1)
- I.4. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- recursos
- así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley
- de control competencial
- precautelando no solamente a la institucionalidad estatal, sino también los derechos subjetivos del pueblo boliviano de ser gobernados en un Estado Constitucional de Derecho en el cual nadie ejerza aquello que la Norma Suprema y las leyes no le encomendaron
- II.3. Análisis del caso concreto
- i)
- el carácter perentorio o de emergencia que así lo requieran
- 2º